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Alanís Urdiain Abogados

REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA.

El 31 de diciembre de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva.


En virtud de esta reforma, se incluyeron los delitos de extorsión, actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y otras drogas sintéticas, y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales en el catálogo de casos en los que los jueces ordenarán la prisión preventiva oficiosa.


En relación con lo anterior, el decreto constriñe a las autoridades judiciales a interpretar y aplicar estas disposiciones de manera literal, quedando prohibida cualquier interpretación que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o vigencia, ya sea de manera total o parcial.


En Alanís Urdiain & Hope Abogados estamos a sus órdenes para aconsejarlo en este y otros asuntos legales de su interés.




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