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Alanís Urdiain Abogados

REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE IGUALDAD SUSTANTIVA, PERSPECTIVA DE GÉNERO Y PARA ERRADICAR LA BRECHA SALARIAL.

El 15 de noviembre de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4, 21, 41, 73, 116, 122 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


En virtud de este decreto, se incluyó en la Constitución Federal la obligación del Estado de garantizar el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres; teniendo, además, el Estado un deber reforzado de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños para garantizar su derecho a vivir una vida libre de violencia.


En ese orden de ideas, la actuación de las instituciones de seguridad pública deberá regirse, entre otros, por la perspectiva de género y los derechos humanos reconocidos por la Constitución. Así mismo, se establece el deber constitucional para que las instituciones de procuración de justicia cuenten con fiscalías especializadas en la investigación de delitos relacionados con las violencias de género contra las mujeres.


Por otro lado, la reforma prevé que en los tres niveles de gobierno los nombramientos de las personas titulares en la administración pública deban observar el principio de paridad de género.


Finalmente, destacamos el que se haya incluido en el texto constitucional el que en las leyes se deba establecer mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial por razones de género.


En Alanís Urdiain & Hope Abogados estamos a sus órdenes para aconsejarlo en este y otros asuntos legales de su interés.



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